Heredar en el matrimonio
Si un hombre o una mujer están casados no necesitan autorización de sus respectivos cónyuges para disponer de los bienes heredados de sus padres. Y es que, sea cual sea el régimen económico del matrimonio (gananciales o separación de bienes), se trata de bienes privativos de aquel que los ha heredado y por eso puede disponer de ellos libremente omitiendo su estado civil. Hay una excepción clara: que el bien heredado sea la residencia de la familia.
Si se es soltero
Las personas solteras pueden dejar sus bienes otorgando testamento a la persona que ellos deseen, al no tener obligación de reservar la legítima de la herencia, dada la inexistencia de herederos forzosos. Si no hacen testamento heredarían sus hermanos.
Cómo saber si alguien hizo testamento
En primer lugar, cualquiera no puede hacer una solicitud en este sentido. Tiene que ser uno de los posibles herederos del fallecido, que pueden dirigirse en persona o por correo al Registro de Actos de Últimas Voluntades del Ministerio de Justicia, adjuntando el certificado de defunción de la persona en cuestión una vez transcurridos 15 días del fallecimiento. Allí solicitarán un certificado que acredite la existencia o no del susodicho testamento.
Si no hay testamento
Si uno de los cónyuges muere sin dejar testamento, los hijos heredan automáticamente todos los bienes y la pareja el usufructo de un tercio. A partir de ese momento, hay que hacer una declaración de herederos ante notario y presentarla con un certificado del Registro de Últimas Voluntades en el que conste que el fallecido no dejó testamento. El notario redactará un cuaderno particional en el que se llegarán a los acuerdos oportunos. También habrá que presentar y pagar el impuesto de sucesiones.
Revocabilidad
El testamento es la declaración última de voluntad de una persona y, por ello, la persona puede variar su contenido y beneficiarios cuantas veces desee hasta el mismo momento de la muerte.
Albacea
Es una persona nombrada por el testador en su testamento y cuyas funciones consisten básicamente en llevar a cabo lo dispuesto por el testador en el testamento y, en especial, la conservación y custodia de los bienes, su reparto y adjudicación y el pago de sufragios y funerales. De no existir esta persona, serán los herederos, de común acuerdo, quienes se encarguen de la partición de los bienes. Si no se llegase a un acuerdo habría que acudir a la vía judicial, iniciando el denominado juicio de testamentaría, al término del cual sería el juez el encargado de llevar a cabo el reparto.
Heredar con deudas
La persona que es beneficiaria de una herencia queda automáticamente obligada a responder de todas las cargas y deudas de la misma al aceptarla, y no sólo con los bienes que le han sido legados, sino también con los suyos propios.
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